domingo, 11 de noviembre de 2018

¿Te despidieron sin causa o se avecina tu proximo despido?



¿Te despidieron sin causa o estas apunto de que te despidan?

Si eres trabajador de una entidad pública o privada, esta informacion puede ser muy valiosa para ti, un amigo o un familiar, ya que nadie esta libre de un despido y es indispensable conocer algunos derechos que nos asisten como trabajadores. 

Veamos:

El trabajador del regimen público y privado solo podrá ser despedido por una causa justificada, no se puede despedir a un trabajador sin que exista una causa justificada.


En caso de que un trabajador sea despedido sin causa justificada o de manera arbitraria, éste podrá demandar la reposición a su puesto de trabajo, además de exigir el pago de una indemnización por daños y perjuicios ocasionados por el despido.


Existen aspectos importantes a tomar en cuenta antes de empezar.


EL REGIMEN LABORAL


Podemos distinguir dos, el régimen de la actividad pública (D.L 276 Administrativa y D.L 1057 CAS); y, el régimen de la actividad privada (D.L 728).


El trabajador público de la carrera administrativa 276, se encuentra protegido por la estabilidad laboral, motivo por el cual ningún servidor puede ser despedido por causas ajenas por ley. El ingreso de estos trabajadores a la carrera pública administrativa es a través de concurso público; y, los trabajadores que superaron el año de labores ininterrumpidas en una plaza de naturaleza permanente, no podrán ser cesados por una causa justificada. Es decir que obtienen estabilidad laboral si es que laboraron mínimamente 12 meses consecutivos en una misma plaza.


El trabajador público del D.L 1057 CAS, es un trabajador con una contratación especial que utiliza el estado para cubrir servicios específicos, además que estos contratos tienen una duración determinada es decir su fecha de inicio y su fecha de vencimiento.


El trabajador de la actividad privada del D.S. 728, se encuentra protegido por la estabilidad laboral, cuyo requisito para adquirir este derecho contra el despido es el haber laborado 03 meses, transcurrido este plazo el empleador solo podrá despedir al trabajador por una causa justificada por ley. 


SOBRE LA REPOSICION Y/O INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS


Los trabajadores del Régimen Laboral 276 y 728, podrán demandar la reposición a su centro de trabajo siempre y cuando hayan superado el periodo de prueba de tres meses (D.L 728); y, los  que hayan realizado labores de naturaleza permanente por más de un año ininterrumpido  (D.L 276). Asimismo estos trabajadores pueden optar por demandar el pago de una indemnización por daños y perjuicios además de su reposición.


Los trabajadores del régimen laboral CAS, únicamente podrán demandar el pago de una indemnización por despido arbitrario, mas no solicitar la reposición. Dependera mucho si el contrato CAS se encuentra desnaturalizado para poder demandar la reposicion y/o indemnizacion por daños y perjuicios.


* Respecto a los trabajadores que prestan servicios por locación de servicios en entidades públicas (SNP o Recibo por honorarios), también pueden demandar la reposición a su centro de labores, siempre y cuando esta figura se haya desnaturalizado, es decir que estos trabajadores realicen labores de naturaleza permanente, que se encubra una relación laboral, que marquen un ingreso y salida del centro de labores, que se encuentren subordinados y perciban una remuneración del empleador.


En el caso de obreros, vigilantes y/o guardianes, se desnaturaliza al régimen de la actividad privada D.L 728 sin importar la entidad; y, en el caso de servidores públicos de la carrera administrativa, se desnaturalizan al D.L 276.

Es muy importante que ante un eventual despido, acudas de manera inmediata a buscar asesoria legal, ya que para solicitar una reposición se cuenta unicamente con el plazo de 30 dias para presentar la demanda ante el Poder Judicial.


Si necesitas asesoria o defensa judicial, buscanos en nuestras oficinas, la consulta es totalmente gratuita.

Sede Principal: Calle Arequipa 222 - Moquegua.
Sede Ilo: Prolongacion Callao N° 16
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Telefono: 053-636363
Movil: 926951267
E-mail: xaviccz@icloud.com

Jara & Andia
ABOGADOS


miércoles, 24 de octubre de 2018

¿El trabajador repuesto puede demandar una indemnizacion por daños y perjuicios?





El trabajador que ha sido despedido de manera arbitraria; y, que ha sido repuesto por mandato judicial, puede demandar el pago de una indemnización por daños y perjuicios en la via ordinaria laboral.


Esta indemnización comprende el pago de las remuneraciones dejadas de percibir durante el periodo del despido (lucro cesante), el pago de una indemnización por el daño moral que es el sufrimiento emocional psíquico o espiritual que habría padecido el trabajador por el cese, el pago del daño emergente que es el desprendimiento de su patrimonio durante el periodo de cese y el daño a la persona que es el daño al proyecto de vida, al honor, a la imagen, entre otros.

lunes, 22 de octubre de 2018


Los obreros que trabajan en la administracion pública, estan comprendidos dentro de los alcances del regimen de actividad privada, por lo tanto para que estos puedan ser despedidos tiene que existir una causa justificada, de no haber causa alguna para efectuar el despido, el mismo es arbitrario bajo cualquiera de sus modalidades como es el despido incausado, fraudulento, nulo y de hecho.

Si necesitas ayuda legal, no dudes en visitarnos en nuestra oficina situada en la Calle Arequipa 222 - Moquegua - peru, ó contactarnos a travez de nuestra fanpage en facebook como: Jara & Andia.

viernes, 25 de abril de 2014

Abogados en Moquegua.

Abogados en Moquegua, Estudio Jurídico en Moquegua.

El estudio jurídico corporativo "Jara, Cruz, Maquera & Medina", es una firma de abogados conformado en la ciudad de Moquegua - Peru, que brinda asesoria legal completa y especializada, incorporando permanentemente las mejores practicas legales de manera ética profesional.

En la actualidad la firma se encuentra conformada por los abogados: Abelardo L. Jara Soto, Javier R. Ramos Cruz y Yillmar E. Andia Medina. Quienes cuentan con experiencia y al mismo tiempo con un gran componente de energía. Renovamos nuestro compromiso con nuestros socios que son los clientes.


¿Te despidieron sin causa o se avecina tu proximo despido?

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